¿Qué es una licencia de actividad?

licencia de cafetería

¿Qué es una licencia de actividad? Naturalmente hay varios tipos, pero en general una licencia de actividad es un trámite administrativo y técnico que habilita un local para el desarrollo de una actividad tipificada.

Es decir, aunque varía mucho en función de la actividad en cuestión, de la superficie de la misma y de la escala del proyecto, podemos apuntar algunas de las características más habituales a considerar para la adecuación, en incluso, la necesidad de llevar a cabo inicialmente obras en el local. Es nuestro trabajo dominar la legislación urbanística, es decir, su licencia tendrá que considerar diferentes normativas, entre otras el CTE-SUA (Código Técnico de la Edificación – Seguridad de Utilización y Accesibilidad), CTE-SI (Código Técnico de la Edificación – Seguridad en caso de Incendio). En ellas y otras se determinan las consideraciones de:

01 – ACCESIBILIDAD AL LOCAL: Una de las consideraciones comunes en este tipo de licencias es la accesibilidad. Por la cual los locales deben de ser accesibles para personas con movilidad reducida, así que si nuestro negocio tiene escalones a salvar para su acceso debemos plantear una rampa de acceso de determinadas características según normativa para salvar dichos desniveles. Hay mucha normativa y saber consultarla, os dejamos un enlace útil.

02 – ASEOS: El local deberá contar con un aseo (excepto en locales de pública concurrencia en los cuales necesitaríamos como mínimo 2, masculino y femenino), si el local se va a destinar a una actividad distinta a la que había antes (cambio de uso) entonces el aseo deberá estar adaptado a minusválidos y cumplir toda la normativa específica (apertura de puerta, anchos…).

03 – LUCES DE EMERGENCIA: Todos los locales deben de disponer de luces de emergencia repartidas por el local de manera que se garantice una iluminación mínima según normativa en caso de que la iluminación del local sufra un apagón, además debe de haber una luz de emergencia indicando la salida y junto al cuadro eléctrico.

04 – EXTINTORES: Toda actividad debe de contar con un mínimo de extintores, uno apto para todo tipo de fuegos, además del específico para fuegos eléctricos cerca del cuadro eléctrico.

05 – VENTILACIÓN DEL LOCAL: Es necesario que todo local tenga garantizado una renovación de manera continua del aire, esto se puede conseguir o bien con una ventilación natural o con ventilación forzada con algún motor conectado a un sistema de ventilación o con el sistema de aire acondicionado en función del tipo de actividad y la normativa que la regula.

06 – VARIOS: Además de estos aspectos que suelen ser los más comunes a todas las actividades, existen otros que dependen del tipo de actividad a implantar, como pueden ser:

  1. SALIDAS DE HUMOS: En los casos en los que tenemos cocinas.
  2. AISLAMIENTO ACUSTICO: Cuando el nivel sonoro es elevado.
  3. AISLAMIENTO IGNÍFUGO: Si la carga al fuego que tenemos es considerable.

No obstante puedes ponerte en contacto con nosotros y te informaremos sin ningún compromiso.